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	<title>Prelafit Compliance</title>
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	<description>Ley 20.393 &#124; Responsabilidad penal de las personas jurídicas &#124; Certificación de modelos de prevención de delitos &#124; Implementación de modelos de prevención de delitos</description>
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		<title>Responsabilidad Penal de personas jurídicas, Ley 20.393 y certificación de los modelos de prevención de delitos</title>
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		<pubDate>Wed, 25 Jan 2012 18:15:40 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Prefila</dc:creator>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[certificación modelo de prevención de delitos]]></category>
		<category><![CDATA[certificación sistema de prevención de delitos]]></category>
		<category><![CDATA[ley Nº20.393]]></category>
		<category><![CDATA[Prelafit Compliance]]></category>
		<category><![CDATA[Responsabilidad penal de las empresas]]></category>
		<category><![CDATA[Responsabilidad penal de las personas juridicas]]></category>

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		<description><![CDATA[Responsabilidad Penal de las personas jurídicas y la certificación de los Modelos de Prevención de Delitos. Fuente: El Mercurio Legal / Rodrigo Reyes Duarte. Hans Kelsen, el teórico del Derecho más influyente del siglo XX y probablemente el más controvertido, señala en su Teoría Pura del Derecho que persona física y jurídica representan la personificación ...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Responsabilidad Penal de las personas jurídicas y la certificación de los Modelos de Prevención de Delitos.</strong></p>
<p>Fuente: El Mercurio Legal / Rodrigo Reyes Duarte.</p>
<p>Hans Kelsen, el teórico del Derecho más influyente del siglo XX y probablemente el más controvertido, señala en su Teoría Pura del Derecho que persona física y jurídica representan la personificación de un orden jurídico, de modo tal que no hay diferencia esencial entre ellas.</p>
<p>Atribuir responsabilidad penal a las personas jurídicas no fue un tema pacífico en la dogmática penal chilena. Tampoco lo fue en los países europeos que han adoptado la imputación penal directa.</p>
<p>En Chile, la ley 20.393 consagra un sistema de responsabilidad penal de las personas jurídicas por organización defectuosa. Se sanciona así a la empresa que carezca de un modelo que prevenga los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho.</p>
<p>Se trata en suma de una obligación de medio y no de resultado, sin embargo el sólo cumplimiento formal de un modelo de prevención estándar no será suficiente, como veremos.</p>
<p>La ley señala que se considerará que los deberes de dirección y supervisión se han cumplido cuando, con anterioridad a la comisión del delito, la persona jurídica hubiere adoptado e implementado modelos de organización, administración y supervisión para prevenir delitos como el cometido.</p>
<p>La norma, que se aprueba en el marco del ingreso de Chile a la OCDE, —aunque no precisamente como exigencia de nuestro ingreso al grupo selecto de países, como se repite a menudo—, tiene una orientación básicamente preventiva y apuesta a que las empresas se autorregulen desarrollando e implementando modelos que anticipen la ocurrencia de ilícito cometidos, en su interés o para su provecho.</p>
<p>En esta línea muchas empresas están hoy día en la etapa de adopción de los modelos de prevención y otras han comenzado ya con la etapa de certificación de los modelos implementados desde hace un tiempo.</p>
<p>El sistema descansa sobre una premisa que el legislador contempló especialmente: la consultora que diseña e implementa el modelo no puede ser la misma que certifica su efectividad.</p>
<p>El proceso lógico consiste en que una empresa diseña o adopta un modelo de prevención de delitos, lo implementa y una vez que tenga certeza que el modelo se adecua a sus necesidades recién ahí podrá certificar la adopción e implementación de su modelo con alguna de las empresas certificadoras autorizadas por la SVS.</p>
<p>De este modo, una empresa que ha implementado un adecuado modelo de prevención de delitos y que se ha certificado correctamente, tendrá un riesgo de sanción penal mucho menor.</p>
<p>Recomendación: certificar</p>
<p>Si bien la ley 20.393 no exigió la certificación del modelo de prevención, si lo recomienda.</p>
<p>En efecto, algunas empresas han querido contar con una opinión experta y refrendar la efectividad de su modelo de prevención en el entendido que no basta sólo con tener un modelo, sino que debe tratarse de un modelo eficaz.</p>
<p>Cabe agregar que el sentido de la ley es claro: no existen modelos estándar de prevención de delitos. Los modelos de prevención de delitos deben adecuarse a cada empresa y lo que contempla la ley es la exigencia mínima a partir de la cual se puede establecer la responsabilidad penal corporativa. La ley chilena recoge, con ello, la experiencia internacional que indica que uno de los mayores riesgos en las empresas es la adopción de modelos de prevención de papel.</p>
<p>La certificación, entonces, se transforma en la única herramienta capaz de evaluar de manera independiente la efectividad del modelo, pudiendo constituir prueba directa de la aplicación de mejores prácticas de gobierno corporativo.</p>
<p>Además, en el caso que se cometa un delito por alguna persona vinculada a la organización, la certificación constituye prueba que el directorio cumplió con su deber de supervisión y dirección.</p>
<p>No obstante la evidente relevancia, son pocas las compañías que han tomado conciencia de la importancia de esta ley. El caso La Polar, sin duda, ha sido el más importante incentivo para que los directorios estén preocupándose cada vez más de lo anterior, en especial después de las últimas formalizaciones por lavado de dinero.</p>
<p>¿Puede una empresa probar que utilizó el debido cuidado aún sin haber instalado el sistema preventivo que señala la ley? Por supuesto, el tema es que le será difícil sostener lo anterior si no existe un correcto levantamiento de riesgos y un adecuado documentación de los procesos.</p>
<p>Ciertamente lo anterior nos refresca la idea que en la empresa moderna no sólo son importantes los logros comerciales, sino también es relevante cómo se accede al éxito. No es banal cuando ello se logra a costa del medio ambiente, del Estado, de los empleados o proveedores.</p>
<p>Por lo demás, un adecuado manejo del compliance corporativo se transforma en un círculo virtuoso. La empresa responsable es premiada y se refuerza su imagen de marca.</p>
<p>Rodrigo Reyes Duarte, abogado.</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>Prelafit Compliance certifica al Banco Falabella</title>
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		<pubDate>Mon, 16 Jan 2012 00:47:10 +0000</pubDate>
		<dc:creator>gdm</dc:creator>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[certificación modelo de prevención de delitos]]></category>
		<category><![CDATA[ley Nº20.393]]></category>
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		<description><![CDATA[Fuente: EMOL. 16 de enero de 2012. SANTIAGO.- Banco Falabella se transformó en la primera empresa chilena que certificó su Modelo de Prevención de Delitos (MPD) diseñado para evitar que se cometan en su interior ilícitos como el lavado de dinero, el cohecho y el financiamiento del terrorismo. La firma sometió dicho modelo a un ...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img class="alignleft size-full wp-image-189" title="stickerprelafit" src="http://www.prelafit.cl/wp-content/uploads/2012/01/stickerprelafit.jpg" alt="" width="185" height="118" /></p>
<p>Fuente: EMOL. 16 de enero de 2012.</p>
<p>SANTIAGO.- Banco Falabella se transformó en la primera empresa chilena que certificó su Modelo de Prevención de Delitos (MPD) diseñado para evitar que se cometan en su interior ilícitos como el lavado de dinero, el cohecho y el financiamiento del terrorismo.</p>
<p>La firma sometió dicho modelo a un proceso de validación que estuvo a cargo de la consultora especializada Prelafit Compliance, reconocida por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS).</p>
<p>El uso de dichos modelos preventivos se enmarca en la Ley 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas -como las empresas- en tales delitos.</p>
<p>Incidentalmente, las buenas prácticas aplicadas a partir de estos modelos también permitirían prevenir el surgimiento de situaciones irregulares como las que afectaron a la empresa La Polar.</p>
<p>Sanciones internas</p>
<p>Entre los aspectos clave que forman parte de un modelo de estas características se cuenta la designación dentro de la estructura corporativa de un encargado de prevención de delitos, dotado con medios y facultades para ejercer ese rol.</p>
<p>Según dicha norma, las firmas deben instalar protocolos, reglas y procedimientos específicos de prevención y denuncia, así como sanciones administrativas internas que se apliquen en estos casos.</p>
<p>Al mismo tiempo, señaló Josué Muñoz, director de Prelafit Compliance, las compañías que desarrollan estos mecanismos deben generar buenas prácticas en el control y supervisión de sus actividades, para evitar la aparición de este tipo de ilícitos &#8220;que debilitan al sistema financiero y aumentan la corrupción&#8221;.</p>
<p>En julio de este año el banco brasileño Itaú, que tiene presencia en Chile, certificó su modelo preventivo, cuya adopción tiene carácter voluntario.</p>
<p><strong>Diario Financiero</strong></p>
<p><em>Martes 16 de enero 2012.<br />
</em></p>
<p><img class="alignnone size-full wp-image-200" title="DIARIOFINANCIERO" src="http://www.prelafit.cl/wp-content/uploads/2012/01/DIARIOFINANCIERO.jpg" alt="" width="554" height="768" /><em><br />
</em></p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>Fiscalía Alemana y Credit Suisse acuerdan pago de multa por Fraude al Fisco</title>
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		<pubDate>Mon, 19 Sep 2011 07:01:51 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Berlín, 19 sep 2011 (EFE).- La fiscalía de la ciudad alemana de Düsseldorf y el instituto crediticio Credit Suisse han llegado a un acuerdo para que el banco suizo pague una multa de 150 millones de euros para evitar un proceso por fraude fiscal. La citada fiscalía al occidente de Alemania informó hoy del acuerdo ...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Berlín, 19 sep 2011 (EFE).- La fiscalía de la ciudad alemana de Düsseldorf y el instituto crediticio Credit Suisse han llegado a un acuerdo para que el banco suizo pague una multa de 150 millones de euros para evitar un proceso por fraude fiscal.</p>
<p>La citada fiscalía al occidente de Alemania informó hoy del acuerdo alcanzado con el instituto suizo para solicitar ante la Audiencia encargada del caso el cierre del proceso a cambio del pago de la fuerte suma, que incluye los beneficios obtenidos por Credit Suisse por la gestión de cuentas de defraudadores fiscales.</p>
<p>Las investigaciones contra Credit Suisse se iniciaron después de que la fiscalía recibiera un CD con los datos de mas de un millar de clientes alemanes que presuntamente habían desviado grandes capitales para evitar el pago de impuestos en este país.</p>
<p>La fiscalía investigaba, no solamente a los defraudadores, sino también a siete empleados del banco suizo que con sus gestiones facilitaron el fraude al fisco alemán mediante negocios transfronterizos.</p>
<p>Al parecer utilizaron seguros de vida domiciliados en las caribeñas islas Bermudas para esconder capital no declarado y darle un cierto aspecto de legalidad.</p>
<p>La fiscalía señaló hoy que ya se ha solicitado la suspensión del procesamiento de un alto empleado del banco suizo a cambio del pago de una multa de 250.000 euros.</p>
<p>Asimismo subrayó que el acuerdo alcanzado con el banco no evitará que los mas de 1.000 clientes alemanes sospechosos de fraude fiscal sean perseguidos.</p>
<p>La fiscalía de Düsseldorf explicó finalmente que varios miles de defraudadores del fisco se autodenunciaron al tener conocimiento de la existencia del CD para evitar un castigo mayor, aunque deberán abonar al fisco los impuestos derivados del capital evadido. EFE</p>
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		<title>Fundador de Iglesia &#8220;Pare de Sufrir&#8221; acusado de Lavado de Dinero</title>
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		<pubDate>Tue, 13 Sep 2011 07:00:03 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Fuente: AFP 13 de septiembre de 2011. El fundador y líder de la Iglesia Universal del Reino de Dios en Brasil, conocida como “Pare de sufrir”, fue denunciado este lunes por fraude y lavado de miles de millones de dólares que obtuvo de los fieles con falsas promesas de ayuda espiritual, informó el Ministerio Público. ...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div align="justify"><span style="color: #ff9900;"><em>Fuente: AFP</em></span></div>
<div align="justify"><span style="color: #ff9900;"><em>13 de septiembre de 2011.</em></span></div>
<p>El fundador y líder de la Iglesia Universal del Reino de Dios en Brasil, conocida como “Pare de sufrir”, fue denunciado este lunes por fraude y lavado de miles de millones de dólares que obtuvo de los fieles con falsas promesas de ayuda espiritual, informó el Ministerio Público.<br />
El pastor Edir Macedo fue acusado junto con otros tres líderes de su congregación de lavar dinero y enviarlo ilegalmente a Estados Unidos a través de una casa de cambios en Sao Paulo entre 1999 y 2005, según la denuncia presentada en esa ciudad por el procurador Silvio Martins de Oliveira.<br />
Los recursos eran obtenidos por medio de engaños a los fieles, a quienes se les hacía falsas promesas y amenazas de “que el socorro espiritual y económico sólo lo alcanzarían aquellos que se sacrificaran económicamente por la iglesia”, dijo el funcionario en un comunicado de prensa de su despacho.<br />
Macedo y sus socios también enfrentan cargos de asociación para delinquir y falsedad ideológica por crear empresas fachada.<br />
La congregación religiosa sólo declaraba una parte de lo que recaudaba entre los fieles, a pesar de tener inmunidad tributaria, según la Procuraduría.<br />
“Sólo entre 2003 y 2006, la Iglesia Universal declaró haber recibido poco más de 5.000 millones de reales (unos 2.295 millones de dólares) en donaciones pero, según testigos, ese valor puede ser mucho mayor”, agregó el comunicado.<br />
La justicia del estado de Sao Paulo investigaba desde 2009 a Macedo, que fundó la iglesia en 1977 en Rio de Janeiro, por sospecha de recaudación fraudulenta de dinero. Además, es investigado en otros países.<br />
Sus abogados indicaron que los argumentos de la fiscalía son “antiguos” y ya fueron declarados como “no verídicos” por un tribunal.<br />
“Estas denuncias que vienen así, con publicidad, son para crear un efecto mediático. Esa es una acción que es repetición de una que ya fue discutida por el Tribunal de Justicia de Sao Paulo. Es un asunto viejo, recalentado”, zanjó el abogado Antonio Moraes Pitombo, citado en una nota publicada en el sitio en internet de la Iglesia Universal.<br />
Según Denisse Vaz, también parte de la defensa, “ninguno de ellos (alegatos) se confirmó en ningún procedimiento. Por el contrario, fueron refutados en los procedimientos que ya hubo en el pasado”</p>
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		<title>Caso La Polar y Oficial de cumplimiento</title>
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		<pubDate>Tue, 05 Jul 2011 06:56:35 +0000</pubDate>
		<dc:creator>gdm</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Los recientes sucesos del denominado “Caso La Polar”, nos llevan a hacernos muchas preguntas, sin embargo lo más reiterativo es ¿Qué falló? ¿Por qué no operó un sistema de prevención? ¿Cómo es factible que el directorio no sepa lo que hace el management? Todas estas interrogantes parecen tener un común denominador: la falta de una ...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Los recientes sucesos del denominado “Caso La Polar”, nos llevan a hacernos muchas preguntas, sin embargo lo más reiterativo es ¿Qué falló? ¿Por qué no operó un sistema de prevención? ¿Cómo es factible que el directorio no sepa lo que hace el management?</p>
<p>Todas estas interrogantes parecen tener un común denominador: la falta de una eficaz política corporativa que evite que la administración se maneje sin control, buscando la maximización de los beneficios sin prestar atención a los riesgos financieros involucrados en sus operaciones, así como una nula ponderación por cuidar la imagen, la reputación y el nombre de una empresa de retail.</p>
<p>En el ánimo de buscar culpables, se señala que faltaron los controles, que la SVS no detectó a tiempo esta situación, que las clasificadoras de riesgos no reflejaron en su evaluación la situación crediticia de la Polar y que PWC no detectó dentro de sus planes de auditoría las irregularidades en el proceso de repactación unilateral de las deudas.</p>
<p>Pero poco se ha hablado de las áreas internas de la empresa, tales como el departamento de auditoría y la existencia de un Oficial de Cumplimiento. Parece ser que entre la administración y el directorio de la empresa se vivían realidades diametralmente distintas, con manejos de información diferentes, con conocimientos de procesos diversos que llevaron a que las gerencias se dieran sus propias políticas de repactación, aunque no hayan sido refrendadas por el directorio. Precisamente esa es la labor que debe cumplir un Oficial de Cumplimiento, funcionario que pese a que puede ser designado por la alta administración de la empresa, su línea de reporte siempre considera el directorio de la misma, por lo que cualquier remoción pasa por ese órgano colegiado.</p>
<p>El Oficial de Cumplimiento tiene como fin último ser el representante del accionista dentro de la empresa y por ende velar porque el desarrollo del negocio se realice con apego a la normativa vigente, respetando el derecho de los clientes, asegurando un estándar de calidad, de modo que cualquier infracción normativa no produzca daños en el patrimonio de la empresa. Para cumplir con su labor, el Oficial de Cumplimiento tiene pleno acceso a la información de todos los procesos internos, así como a documentación, datos y procesos críticos. Adicionalmente, tiene la facultad de requerir antecedentes, pedir que se le explique el trasfondo de ciertos procesos y cuestionar las cosas al interior de la empresa. Si estima que se está infringiendo la ley o no se está operando de acuerdo a las directrices corporativas, tiene el deber de someter estas irregularidades al directorio quienes deben accionar de inmediato.</p>
<p>En síntesis, la labor de este funcionario es garantizar el “cumplimiento” de forma que la imagen y la reputación de la empresa no se vean afectadas, generando que el precio final de la acción se vea castigado.</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>Caso La Polar: presentan primera querella por lavado de activos.</title>
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		<pubDate>Mon, 04 Jul 2011 06:57:56 +0000</pubDate>
		<dc:creator>gdm</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Caso la polar]]></category>
		<category><![CDATA[Lavado de activos La Polar]]></category>
		<category><![CDATA[Querella por lavado de activos La Polar]]></category>
		<category><![CDATA[Responsabilidad penal de las empresas]]></category>
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		<description><![CDATA[Fuente: The Clinic on line Fecha: 4 julio 2011 El abogado Rodrigo Reyes ingresará hoy el libelo en el Segundo Juzgado de Garantía, en representación de dos accionistas afectados con el desplome de los papeles en la bolsa. La acción legal sostiene que la compañía cometió dos de los “delitos precedentes” que configuran el blanqueo ...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div align="justify"><span style="color: #ff9900;"><em>Fuente: The Clinic on line</em></span></div>
<div align="justify"><span style="color: #ff9900;"><em>Fecha: 4 julio 2011</em></span></div>
<div align="justify">El abogado Rodrigo Reyes ingresará hoy el libelo en el Segundo Juzgado de Garantía, en representación de dos accionistas afectados con el desplome de los papeles en la bolsa. La acción legal sostiene que la compañía cometió dos de los “delitos precedentes” que configuran el blanqueo de capitales al entregar datos falsos sobre su situación patrimonial a la autoridad reguladora y seguir obteniendo ganancias, aun cuando cometían las infracciones a la Ley de Bancos y a la de Mercado de Valores, precisamente en las que sustenta la indagatoria el fiscal Centro Norte, José Morales.</div>
<div align="justify">Durante la mañana de este lunes, en el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago, el abogado Rodrigo Reyes presentará la primera querella por el delito de lavado de activos (contenido en la ley 19.913) en el caso La Polar.</div>
<div align="justify">Reyes, quien ejerció por años en el Departamento de Tráfico y Lavado de Dinero del Consejo de Defensa del Estado (CDE), patrocina a dos accionistas que perdieron varios millones de pesos con la caída de los papeles en la Bolsa de Santiago a raíz de las anomalías cometidas por altos ejecutivos y miembros del directorio de la compañía. Estas últimas no sólo gatillaron la investigación del organismo perseguidor penal, sino también de las superintendencias de Bancos y la de Instituciones Financieras, SBIF y SVS, respectivamente, cuyos resultados serán entregados a la fiscalía.</div>
<div align="justify">El profesional apunta al delito de blanqueo, basándose en la última modificación a la ley de lavado que entró en vigencia en diciembre de 2009 y que permite a la autoridad perseguir penalmente a los directores de empresas, en tanto son los responsables del llamado “gobierno corporativo”. En otras palabras, a los autores de las políticas financieras que en este caso tienen un tinte delictual.</div>
<div align="justify">Para sustentar los dichos de la querella, Reyes cita el artículo 27 de la Ley de Lavado. En dicho artículo, se establecen los llamados “delitos precedentes”, entre ellos, las mismas infracciones a la Ley de Bancos y a la Ley de Valores, que investiga el fiscal.</div>
<div align="justify">Según Reyes, los directores y otros altos ejecutivos habrían estado en conocimiento, al menos desde 2009, que los antecedentes sobre la situación patrimonial de La Polar entregados a la SBIF y la SVS eran falsos. Al no ser reales dichos datos, sostiene Reyes, las ganancias obtenidas se convirtieron en activos ilícitos. Ahí es donde comienza el lavado.</div>
<div align="justify">De probarse la existencia del blanqueo, la empresa podría enfrentar sanciones que van desde la disolución de la persona jurídica (es decir la empresa), la prohibición de celebrar contratos con el Estado, pérdida de los beneficios fiscales, hasta una multa, junto a las sanciones penales a los sujetos que cometieron el ilícito, en este caso los miembros del directorio a quienes se les pruebe la participación.</div>
<div align="justify">Hay que recordar que el fiscal Morales es un investigador que conoce al dedillo estos temas, ya que estuvo detrás de la primera gran causa de la reforma donde se logró una condena por blanqueo de capitales en contra del clan Gálmez en la Cuarta Región, organización que usaba como fachada una bananera para traficar droga a Europa, triangulando las ganancias para darles una apariencia de legalidad.</div>
<div align="justify">Reyes, que hoy se preside una consultora dedicada a la prevención del lavado Prelafit, sostiene que sus clientes fueron víctimas también de estafa, ya que “los autores del ilícito nos han engañado utilizando diversos elementos con el propósito de defraudar a los accionistas y obtener un beneficio económico”, se lee en la acción legal.</div>
<div align="justify">Transnacional<br />
Para comprobar la existencia del blanqueo, el profesional le pide en la querella al fiscal que sea la Brigada Investigadora de Lavado de Activos (Brilac) de la PDI la que “indague respecto de la trama financiera que se utilizó en el ilícito mencionado y proceda a interrogar a los directores, gerentes, administradores de la empresa La Polar y las empresas auditoras y clasificadoras de riesgo mencionadas en la investigación”.</div>
<div align="justify">Hasta ahora, como los principales responsables y cabezas pensantes detrás de las repactaciones unilaterales -que derivó en la debacle de La Polar- aparecen el ex presidente del directorio Pablo Alcalde y el ex gerente corporativo de productos financieros Julián Moreno.</div>
<div align="justify">Reyes, junto a la diligencia anterior, le solicita al fiscal Morales que oficie a la Unidad Análisis Financiero (UAF) para que entregue un informe de los “Reportes de Operaciones en Efectivo” desde el momento en que entró en vigor la nueva ley, “que figuren a nombre de los investigados”. En otras palabras, seguir la ruta del dinero.</div>
<div align="justify">Pero eso no es todo. También solicita que la UAF a través del Grupo Egmont, entidad que agrupa a las unidades de inteligencia financiera a nivel mundial- recabe información en la Fincen de Estados Unidos, respecto de la existencia de “cuentas y movimientos” de los mandamases de La Polar.</div>
<div align="justify">Esta última diligencia no sólo apunta a los activos que podrían haberse depositado en la banca del país del norte, sino también a la posible existencia de dinero en paraísos fiscales.</div>
<div align="justify">Una vez que esta querella sea proveída por el tribunal, serán más de 60 las denuncias que enfrenta La Polar, de acuerdo a los datos que aparecen en la web del Poder Judicial.</div>
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		<title>Fiscalía confirma investigación secreta a LAN</title>
		<link>http://www.prelafit.cl/?p=1</link>
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		<pubDate>Mon, 23 May 2011 22:03:21 +0000</pubDate>
		<dc:creator>gdm</dc:creator>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>

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		<description><![CDATA[Investigación por cohecho a funcionarios público extranjeros. Fuente: Theclinic.cl Fecha: 23 de mayo de 2011 El Ministerio Público confirmó este lunes la existencia de una investigación en contra de la aerolínea LAN por el supuesto pago de coimas al ex ministro de transporte argentino, Ricardo Jaime y a su asesor Manuel Vázquez, para la entrada ...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Investigación por cohecho a funcionarios público extranjeros.</p>
<p><span style="color: #ff6600;"><em>Fuente: Theclinic.cl</em></span><br />
<span style="color: #ff6600;"> <em> Fecha: 23 de mayo de 2011</em></span></p>
<p>El Ministerio Público confirmó este lunes la existencia de una investigación en contra de la aerolínea LAN por el supuesto pago de coimas al ex ministro de transporte argentino, Ricardo Jaime y a su asesor Manuel Vázquez, para la entrada de la firma en ese país. El caso se produjo entre 2006 y 2007, cuando el presidente era accionista y miembro del directorio.</p>
<p>La Fiscalía Regional Centro Norte confirmó este medio día mediante un comunicado de prensa que existe una investigación en curso sobre determinadas actividades de la empresa LAN AIRLINES en Argentina, en la época en que Piñera era accionista mayoritario y miembro del directorio de la aerolinea.</p>
<p>En el documento, el Ministerio Público señala que el 2 de diciembre recibió un oficio de la Cámara de Diputados que solicitaba investigar la posible comisión de un delito tipificado en el artículo 251 bis del Código Penal, que sanciona el cohecho de un chileno o “una persona que tenga residencia habitual en Chile” a funcionarios públicos extranjeros.</p>
<p>“Desde esa fecha, la causa se encuentra asignada a la Fiscalía Especializada en Delitos de Alta Complejidad y se encuentra en etapa de investigación”, concluye el documento, confirmando la denuncia realizada por The Clinic Online.</p>
<p>Consultada sobre esta denuncia, la vocera del Gobierno, Ena Von Baer dijo que “el Gobierno no se iba a referir a hipótesis y supuestos” de la investigación que lleva el Ministerio Público. “Cuando tengamos algo más que decir, vamos a hablar”.<br />
Cuando The Clinic Online le consultó cuáles serían estas hipotesis y supuestos, la vocera optó por el silencio.</p>
<h3>Investigación</h3>
<p>Cuando en noviembre pasado el diario argentino Clarín publicó un reportaje sobre el presunto pago de coimas de parte de la aerolínea LAN al ex ministro de Transporte de ese país, Ricardo Jaime, a través de su mano derecha Manuel Vázquez, la duda obvia se planteó a este lado de la cordillera: si el ilícito, como lo denunciaba el tabloide, se produjo entre el 2006 y el 2007, el Presidente Sebastián Piñera aún era accionista mayoritario y miembro del directorio de la compañía.</p>
<p>Si el pago se hizo por decisión del directorio, Piñera podría haber estado al tanto.<br />
Sin embargo, el caso había quedado en una nebulosa y el proceso contra el ex secretario argentino y su asesor siguió su curso en Buenos Aires y la filial de la empresa en Argentina mantenía su postura comunicacional: “no vamos a hacer ningún comentario sobre el asunto hasta que no llegue a instancia judicial”. Y llegó.</p>
<p>En enero de este año y siguiendo los pasos de la justicia argentina el Ministerio Público chileno abrió una investigación secreta en contra de LAN Chile, por la “consultoría” de 1,15 millones de dólares que la firma pagó a Manuel Vázquez, el polémico asesor del ex ministro trasandino, ambos bajo investigación por corrupción.</p>
<p>Según reveló una fuente a The Clinic Online, el caso en nuestro país quedó en manos del jefe de la Unidad de Delitos de Alta Complejidad de la Fiscalía Centro Norte, José Morales, el mismo que lleva el caso Kodama.</p>
<p>Viaje a Buenos Aires El perseguidor penal viajó reservadamente en marzo a Buenos Aires y se reunió con el juez Norberto Oyarbide, quien lleva adelante el caso por enriquecimiento ilícito contra Jaime y Vázquez, con el fin de recabar información sobre cómo se ejecutaron los pagos entre 2006 y 2007, cuando Piñera comandaba la aerolínea y en el que la firma concluyó con éxito sus trámites de funcionamiento en ese país.</p>
<p>Tras la denuncia de Clarín, el diputado DC Jorge Burgos pidió al Fiscal Nacional, Sabas Chahuán, iniciar una investigación del caso, la que hasta ahora se había mantenido en total reserva.</p>
<p>Morales es un fiscal con experticia en crimen organizado, blanqueo de capitales y delitos económicos. En su currículum despuntan la primera condena por lavado de activos de la reforma, cuando logró condenar al llamado Clan Gálmez en la Cuarta Región, organización cuyas redes pasaban por Europa y el Medio Oriente para el blanqueo de capitales y el tráfico de cocaína.<br />
Si Morales logra encontrar alguna pista que involucre al Mandatario tras la decisión de pagar por la “consultoría” al ex ministro argentino, deberá inhabilitarse de seguir conociendo el caso debido a que según el artículo 18 de la Ley Orgánica Constitucional que rige al Ministerio Público, establece que por la investidura de un Presidente, será el fiscal nacional quien asuma la investigación.</p>
<p>En este caso sería Chahuán quien debería investigar si el pago se hizo con la autorización del directorio de la firma, al que perteneció el mandatario hasta el 1 de agosto del 2007, cuando renunció tras recibir una millonaria multa por la compra de acciones con información privilegiada.</p>
<p>De esta manera el caso se instala como el primero desde el inicio de la reforma procesal que tiene al Presidente, en su calidad de empresario, como un posible sospechoso en una investigación criminal.</p>
<p>The Clinic Online requirió un pronunciamiento de parte de la Fiscalía Nacional, pero se indicó que no habría comentarios.</p>
<h3>Siga el dinero</h3>
<p>Tras un allanamiento en Buenos Aires, el juez Oyarbide tiene en su poder varias facturas y una cadena de correos electrónicos que revelarían la existencia de pagos ilegales.</p>
<p>Uno de ellos fue enviado por Ernesto Ramírez, funcionario de LAN Cargo en Miami, a Vázquez y refiere a un documento mercantil fechado el 18 de octubre de 2006 por 300 mil dólares emitido a la empresa de este último -Controles y Auditorías Especiales de Argentina S.A. (CAESA)- y cancelado nada menos que por LAN Airlines S.A. con domicilio legal en Santiago.</p>
<p>Este último hecho le permite al fiscal Morales adentrarse en la posible comisión de un ilícito, contemplado en el artículo 251 bis del Código Penal chileno, que sanciona el cohecho de un chileno o “una persona que tenga residencia habitual en Chile” a funcionarios públicos extranjeros.</p>
<p>Esta figura penal se enmarca dentro de una modificación legal de 2009 que apunta a la lucha global contra la corrupción suscrita por Chile, dentro de los estándares de la OCDE.</p>
<p>Es importante señalar que Ernesto Ramirez, como informó el diario argentino La Nación, en noviembre de 2010, llevó las negociaciones para que LAN llegara a operar en Argentina en 2005. Según el diario fue quien acompañó a Piñera a presentar el proyecto de la compañía al fallecido presidente Néstor Kirchner.</p>
<h3>Triangulación</h3>
<p>El tema no termina acá. Existe otra serie de documentos que enredan aún más la situación legal del ex ministro, su asesor y la aerolínea del encanto de volar. Uno de estos constata el pago de 300 mil dólares a Vásquez con fecha del 21 de noviembre de 2006 por la firma Atlantic Aviation Investment LLC (AVI) domiciliada en Centerville Road suite 400, Wilmington, Delaware, Estados Unidos. Casualmente, el representante legal de esta firma es Ramírez, el mismo de LAN Cargo.</p>
<p>El último desembolso también salió de las arcas de AVI el 16 de enero de 2007 por 550 mil dólares. El dinero fue ingresado en la cuenta que Vázquez y su esposa, Marta Domínguez, mantenían en el Wachovia Bank de Virginia, Estados Unidos. En otras palabras, una triangulación de platas, figura común en el blanqueo de capitales ilícitos.</p>
<p>Los pagos se produjeron coincidentemente cuando LAN obtuvo la autorización para operar en el país vecino al alero de un proceso definido por la prensa gaucha como un “sinuoso camino de complicidades con el Gobierno e irregularidades”.</p>
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